Presentación
La Unidad de Formación e Innovación Docente, dependiente del Vicerrectorado de Profesorado, es la unidad organizativa responsable de diseñar y desarrollar acciones en el ámbito de la formación integral del PDI, la innovación educativa y la evaluación de la actividad docente con el fin de mejorar la calidad de la enseñanza de nuestra universidad y favorecer el desarrollo de la profesionalidad de su profesorado.
Sus funciones se centran en:
Formación del PDI
Formación Inicial y Continua del PDI en tres áreas principales: docencia, innovación y gestión.
Innovación docente
Convocatorias integradas dentro del Plan de Formación y Apoyo a la Innovación Docente.
Evaluación docente
Programa DOCENTIA-UCA.
La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), establece entre las funciones del sistema universitario, la promoción de la innovación a partir del conocimiento en los ámbitos sociales, económicos, medioambientales, tecnológicos e institucionales (artículo 2.2.d). Del mismo modo, el artículo 6.4. dicta que las universidades desarrollarán la formación inicial y continua para el desempeño de las actividades docentes del profesorado y proporcionarán las herramientas y los recursos necesarios para conseguir una docencia de calidad.
En este sentido, y desde una visión compleja de la profesión del PDI, el Vicerrectorado de Profesorado, a través de la Unidad de Formación e Innovación Docente, establece un Plan de Formación y Apoyo a la Innovación Docente-UCA (PFAI-UCA), avalado por la Comisión de Formación del Profesorado e Innovación Docente (CFPID), que pretende desarrollar acciones de formación y apoyo a la innovación para el desempeño de las funciones del Personal Docente Investigador-UCA, y proporcionar las herramientas y los recursos necesarios para conseguir una docencia de calidad y el desarrollo profesional.
El modelo formativo y de evaluación del PDI, responde al el Artículo 67 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario en el que se dicta lo siguiente:
Artículo 67. Formación. Las universidades garantizarán la formación docente inicial y continuada de su profesorado. Asimismo, establecerán planes de formación inicial y de formación a lo largo de la vida que garanticen la mejora profesional de su personal docente e investigador, en los distintos ámbitos de especialización de la actividad universitaria, en el marco de la planificación estratégica y de las prioridades de las propias universidades en materia de formación.
El modelo de innovación docente que se desarrolla es coherente con el RD 822/2021 por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad, en el que se hace referencia a la promoción de la innovación docente, de forma que se convierta en una estrategia fundamental de las universidades y de los centros para que se aplique en todas las asignaturas del plan de estudios. Como dicta la LOSU (artículo 6.3), la innovación en las formas de enseñar y aprender debe ser un principio fundamental en el desarrollo de las actividades docentes y formativas universitarias.
Del mismo modo, se pretende desarrollar el Objetivo 6 del PEUCA III: Generar valor compartido con la comunidad universitaria, en concreto en:
Mejorar las estrategias de acogida, y de desarrollo personal y profesional de profesorado y personal de administración y servicios.
Mejorar el perfil digital, internacional y profesional de la Comunidad Universitaria.
Incentivar/reconocer al personal mejor evaluado en docencia, investigación y en la mejora de la calidad de los servicios.
Desde la perspectiva de estos pilares afrontamos el objetivo de avanzar en la mejora de la calidad de nuestros servicios docentes como universidad y en el ejercicio de aprender de las sugerencias o críticas que quieras hacernos llegar a innovacion.docente@uca.es
La Unidad de Formación e Innovación Docente.